Información para Extranjeros


Para acceder a cargos de residencias  debe cumplirse como requisito: “Ser ciudadano argentino nativo, por opción o naturalizado. Los extranjeros deberán poseer Documento Nacional de Identidad emitido por Autoridad Argentina, y cumplir con las condiciones migratorias previstas en la Ley Nº 25.871 y sus normas reglamentarias y complementarias al momento de su inscripción al mecanismo de selección”.
Los profesionales graduados en Universidades Extranjeras, sean éstas del ámbito público o privado, deberán poseer titulación de grado universitaria reconocida por el Ministerio de Educación de la Nación y haber completado el trámite de reválida, homologación o aquel que correspondiere del mencionado título. La antigüedad del título habilitante no puede ser mayor a 5 años para Residencias Básicas y 9 años para Residencias Post-básicas.
Para aquellos aspirantes que hayan realizado su formación de grado en el extranjero, se tendrá en cuenta la fecha de expedición del título de su universidad de origen, sin que tenga validez la fecha de convalidación del mismo. 
Para la convalidación de títulos obtenidos en el exterior, los interesados deben dirigirse al Ministerio de Educación de la Nación - Secretaria de Asuntos Universitarios.
Más información en la siguiente página web , o vía Correo Electrónico sisco@me.gov.ar. Teléfono: 0800 333 6293
Una vez realizada la reválida o la convalidación, los profesionales deberán obtener la Matrícula Profesional que los habilite para ejercer su profesión.
No existen convenios de reconocimiento recíproco de residencias con otros países

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